Condenados por no pagar a la comunidad de vecinos

Una pareja es condenada tras 5 años sin pagar la comunidad. ¿Qué dice la ley y cómo proteger tu edificio de morosos?

Durante cinco años, una pareja convivió en su piso sin pagar ni un solo euro en cuotas de comunidad. Mientras tanto, el resto de vecinos asumía los gastos comunes: mantenimiento, limpieza, suministros… ¿Te imaginas estar pagando por alguien que no colabora? Pues esta historia ha terminado en los tribunales. Y no es la única.

En este artículo te contamos qué ocurrió, qué dice la ley sobre los impagos en comunidades de propietarios y cómo puedes evitar que tu edificio acabe en una situación similar.

El caso: cinco años sin pagar la comunidad

El Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de La Coruña condenó recientemente a una pareja que acumulaba cinco años de cuotas sin pagar a su comunidad de propietarios. El total reclamado ascendía a 800 euros, a lo que se sumaron intereses, costas procesales y el coste del burofax enviado como reclamación previa.

La comunidad, tras intentar llegar a un acuerdo amistoso, no tuvo más remedio que acudir a los tribunales. La pareja alegó que estaba en situación de concurso de acreedores, pero el juez desestimó este argumento al comprobar que la declaración concursal fue posterior a los impagos.

¿Por qué es importante esta sentencia?

Este caso refleja un problema que muchas comunidades viven a diario: vecinos morosos que no pagan durante años, pero siguen beneficiándose de todos los servicios: luz en zonas comunes, ascensor, limpieza, jardinería, incluso calefacción central en algunos casos.

El problema no es solo económico, también afecta a la convivencia y genera un desequilibrio injusto: unos pagan por todos.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre los impagos?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula esta situación. Según el artículo 9.1 e), todos los propietarios deben contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble. No hacerlo es causa de acción judicial.

El artículo 21 de la LPH permite a la comunidad reclamar la deuda de forma directa y rápida, incluso a través de un procedimiento monitorio, que no requiere abogado ni procurador si la deuda está documentada.

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¿Se puede embargar al vecino que no paga?

Sí. Una vez el juez dicta sentencia, si el propietario no abona lo que debe, se le puede embargar el piso, la cuenta bancaria o cualquier bien. Es más común de lo que parece. La deuda de comunidad está considerada como obligación prioritaria.

¿Y si el moroso entra en concurso o se acoge a la ley de Segunda Oportunidad?

Este es uno de los puntos más delicados. Muchos propietarios piensan que si están en concurso de acreedores o se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad, ya no están obligados a pagar. Pero no es tan fácil.

La jurisprudencia, como en este caso de La Coruña, aclara que las deudas anteriores a la declaración de concurso siguen siendo exigibles, salvo que un juez diga lo contrario. Además, si el concurso es voluntario pero se ha declarado con posterioridad a los impagos, no exime de pagar lo que se debe.

Consecuencias de tener morosos en la comunidad

  • Problemas de tesorería: falta de liquidez para pagar proveedores o hacer obras.
  • Aumento de derramas: los vecinos que pagan deben cubrir la parte de quienes no lo hacen.
  • Mal ambiente vecinal: tensiones, discusiones e incluso juicios internos.
  • Pérdida de valor del inmueble: una comunidad mal gestionada o con deudas afecta al valor de las viviendas.

¿Cómo actuar ante vecinos que no pagan?

1. Reclamar amistosamente

Es el primer paso. Una llamada o burofax puede resolver el problema si hay buena voluntad.

2. Acudir al procedimiento monitorio

Es un proceso judicial rápido, sencillo y eficaz. Solo hace falta la certificación de deuda firmada por el secretario (o Administrador de Fincas) con el visto bueno del presidente.

3. Ejecutar la sentencia si no se paga

Con una sentencia favorable, se puede embargar bienes. Es una medida extrema, pero efectiva.

Claves para prevenir los impagos

  • Establecer cuotas realistas y mantener a los vecinos informados.
  • Aprobar un fondo de reserva suficiente.
  • Contratar un Administrador de Fincas que haga seguimiento del cobro de cuotas.
  • Actuar con rapidez ante los primeros impagos, para evitar que la deuda crezca.

El papel del Administrador de Fincas en estos casos

Contar con un profesional como GD Fincas puede marcar la diferencia. Un buen administrador:

  • Controla la morosidad desde el primer mes.
  • Realiza las notificaciones y reclamaciones legales.
  • Prepara toda la documentación para el monitorio.
  • Asesora a la comunidad en todo el proceso.

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La sentencia de La Coruña deja claro que no pagar la comunidad tiene consecuencias legales reales. Y aunque el importe sea bajo, como en este caso (800 €), el precedente es importante.

Las comunidades deben estar bien gestionadas para evitar que estos casos se repitan. Con vigilancia, acción rápida y asesoramiento profesional, se puede mantener la paz y la estabilidad económica en el edificio.

Si tu comunidad tiene vecinos que no pagan o quieres prevenir impagos, en GD Fincas te ayudamos a gestionar la situación con eficacia y legalidad. ¡Contacta con nosotros!

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